Por Héctor H. Hernández
Palabras del autor en la presentación del libro La felicidad de los argentinos y la Religión- Iglesia y Estado, Instituto de Filosofía Práctica-Escipion, Buenos Aires-Mendoza, Argentina, 2019
Por Centro de Estudios Políticos, UNSTA, sistema meet, 21 de mayo de 2021
El
tema fue materia de mi primer trabajito más o menos académico, en que comenté “Il divisamento”, documento de León XIII
contra la ley masónica sobre el matrimonio civil en Italia, y como en 2018
detrás de los pañuelos verdes se venían los pañuelos naranja, me pareció que
por obligación de estado debía escribir este libro.
Publicado,
el presidente de una importante academia católica me aconsejó que escribiera
sobre temas de más actualidad; se lo mandé a un jefe político y no me acusó
recibo; un arzobispo que lo aprobó me advirtió que no creía que los laicos
pudiéramos hacer mucho en esto; entonces se lo mandé a un prelado con esta
dedicatoria para chumbarlo: “a mi obispo, este libro que no le va a gustar”… -
sin respuesta; no recuerdo que nadie le
haya hecho ninguna recensión…
Frente
a tanto fracaso se aumenta mi estupor y mi inconmensurable agradecimiento al
Dr. Sergio Castaño, al repetido presentador Luis Roldán, mi socio y maestro en
el tema, al sacheriano Germán Masserdotti, y al Centro de Estudios Políticos de
la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, por este generoso gesto.
I.Sobre el Prólogo
En
las batallas intelectuales no hay que hacer como la Conferencia Episcopal
Argentina, que al referirse a la ley del genocidio de pibes no nacidos habla de
la “interrupción voluntaria del embarazo”, porque aceptar el lenguaje acuñado
por el adversario es favorecerlo. Y algo parecido sucede aquí, cuando se acepta
el debate instalando que “el Gobierno federal sostiene el culto católico,
apostólico romano”, porque lo dice el art. 2.
Cuando
pensaba el libro me llegó por las redes una placa que me despertó de ese “sueño
dogmático” de “Hombre jurídico” que confunde la realidad con la norma. En vez
de “separación de la Iglesia del Estado”, rezaba: “Separación de la Masonería del Estado
argentino”.
-
“Por ahí va la cosa”, me dije, y me pregunté: ¿qué religión sostiene el
Estado argentino? Y ahí
decidí el Prólogo, que resultó un tanto desmadrado.
Evidentemente
que no sostiene a la única Religión
perseguida en la Argentina, a la única que le quemaron templos y
expulsaron ministros, como recordaban hace años José María Baamonde, Luis E.
Roldán y Ricardo Bach de Chazal en Libertad
religiosa, cultos y sectas en la Argentina (Spes, Buenos Aires, 2001); y la
que es considerada por la cultura hegemónica como usina de todo complot
heteropatriarcal contra los derechos humanos y la santa antidiscriminación.
Pongo
números que prueban que no sostiene al
Catolicismo: por de pronto, el pomposo y normativo “presupuesto de
culto” casi se reduce a pagar al obispo lo que gana un juez, pero en realidad
le paga un quinto porque se limita al “básico” de ese sueldo.
Y
doy datos probatorios de que sostiene
otra cosa; Cuando el Estado
destinaba 174 MM de $ para el
presupuestito, contraía deuda por 200
MM de dólares con el BID para promover la ideología de género. Llevado a pesos: 30.000 millones de pesos versus (174) cientosetenticuatrito, si existe el diminutivo para los
números. Repito: 30.000 versus 174.
30.000 dividido 174: 172 veces más gasta el Estado argentino en el
desarrollo del movimiento anticatólico más grave de la historia, que en apoyar
las creencias y la moral de nuestros mayores y las tradiciones y costumbres
patrias. Uno solo de tantos organismos estatales persecutor del Catolicismo
gastaba más que el presupuestito: 212 MM pesos para el INADI, frente a
aquellos 174 MM pesos.
1/5 punto a recordar : El Estado argentino no
sostiene el Culto Católico sino que sostiene sistemáticamente la
destrucción del catolicismo. (Nada digamos de la agravación permanente
con la política desembozada de la ONU).
- Éste sería el punto sociológico de base esencial
en la dialéctica cultural de hoy.
Dejemos de lado que el presupuestito no compensa las deudas por
préstamos de la Iglesia o por confiscaciones sufridas. Es significativo lo que
me costó, hace años, convencer a un amigo sacerdote importante de que hay una
persecución a la Iglesia. Creen cándidamente que las cosas son como dictan los
persecutores, que en los casos de martirio, según Benedicto XVI, “tratan cada
vez menos de evidenciar de forma explícita su aversión a la fe cristiana, pero
simulan diferentes razones, por ejemplo, de naturaleza política o social”. Nuestros mártires no son, entonces, mártires,
sino políticos extremistas.
Esta
persecución contra la Iglesia es
ilegítima desde el punto de vista del Derecho Constitucional argentino.
Según los debates de la Convención de Santa Fe y la Ciencia Constitucional,
digo Alberdi y Vélez Sársfield, digo Ricardo Bach, digo Bidart Campos… etc., el
sostener económico viene a ser un accesorio o un símbolo o una consecuencia de
algo principal, que es el sostenimiento
moral.
Esto
aún después de la reforma de 1994, que suprimió varios artículos religiosos por iniciativa de ese organismo nefasto
que es la CEA, un caso del peor Clericalismo que explicara Sacheri en La Iglesia clandestina.
Y
la exigencia del sostenimiento no es
un derecho subjetivo disponible por los obispos, que como Uds. no
son abogados se los digo, no tienen poder constituyente en la Argentina.
Según el canon 1267,1 del Código de Derecho Canónico cabe entender que el
sueldo a los obispos, dado en función y como reparación histórica a la Iglesia
y como coherente con el acuerdo moral,
no se recibe a título personal, por lo que estrictamente deben
administrarlos, como dice el canon 1284, con la diligencia de “un buen padre de
familia”. El mismo cuerpo legal manda regirse por el Derecho Civil del lugar
(1290), y ambos derechos exigen algo que es casi derecho natural del contrato
de mandato, la rendición de cuentas (Canon 1287,1). Es evidente que pasar de
percibir 174 a percibir 0 es un acto de mala administración. Y cuando con esto
se obstaculiza a algunas diócesis muy pobres la tarea evangelizadora, la
ilegitimación adquiere una entidad más grave.
Y
no se diga que al no recibir sueldo del Estado se preserva la liberad de la
Iglesia, porque si se cobra algo con
fundamento en la Constitución y en la ley se tiene más independencia que si se
queda a expensas de la pura dádiva del gobierno. (Ensayé el tema en el
trabajito “Independencia de la Iglesia y Sorosdemia - Si la Conferencia
Episcopal argentina tiene facultades para renunciar al presupuestito de culto”,
aparecido en La Prensa digital y en
otras páginas, con motivo de que la CEA renunciaría al presupuestito. Otro tema
jurídico es si la Conferencia Episcopal puede obligar a cada obispo a
renunciar…).
Es
interesante la posición de la constitucionalista María Angélica Gelli, que a pesar de defender la limitación económica
del art. 2 enseña que el entorpecimiento del catolicismo es ilegítimo, y no por
el principio de la libertad de cultos sino por el principio constitucional de
razonabilidad, porque :
“resultaría
contradictorio que el Estado sostuviese un culto cuyos sacramentos o creencias no respetase”. (Constitución de la Nación argentina,
com. Art. 2). [Habrán visto que subrayé “creencias”…]. (Por la misma razón
Bidart Campos sostenía la inconstitucionalidad de todo aborto, aun el
restringido del Código Penal viejo).
La
Constitución nacional escrita coincide substancialmente así con la encíclica
clásica sobre el tema, Inmortale Dei de
León XIII. (Por eso la Constitución escrita en esto es buena y hay que defender
la Constitución en esto; que si se cambia la Constitución peor para la
Constitución y para la gente…).
II.
Para sintetizar el capítulo 1º
diremos que el enfoque central del libro es político, digo de la
Ciencia política. No se trata ni de
Derecho Internacional Público; ni Derecho Público Eclesiástico; ni de
“pastoral”; ni de la división “espiritual-material” o natural-sobrenatural; ni
de un juego de “Clericalismo”.
Como
la dimensión religiosa integra el bien común político, enseña Santo Tomás, que si no existiera la
Encarnación del Verbo, el Estado estaría a cargo de la religión (De Regno). Pero he aquí que la hubo y el
fin de la plenitud del hombre sigue siendo uno, pero hay en él dos causas eficientes que son sociedades
perfectas. El hombre está necesitado, para su plenitud, y de la Iglesia
y del Estado.
Por
eso el ciudadano y los gobernantes civiles y los gobernantes eclesiásticos
están sometidos a ambos poderes. Esquemático y nada clerical ni cesaropapista,
estuvo insuperable Santo Tomás:
“El poder
espiritual y el poder temporal derivan ambos del poder divino. El poder
temporal está, pues, sometido al poder espiritual en la medida en que Dios lo
ha sometido, es decir, en lo concerniente a la salvación del alma; y es por eso
que en este terreno es preciso obedecer al poder espiritual antes que al poder
temporal. Pero en lo concerniente al
bien temporal de la ciudad es necesario obedecer al poder temporal antes que al
poder espiritual de acuerdo a San Mateo (XXII, 21) `Dad al César lo que
es del César`”. (In II Sent., 44,
Expos. textus y ad 4um).
Y esto,
¿dónde diablos se cumplió?
Una
aplicación de esto la comprobé con Isabel la Católica: cuando ella asume la
Corona el Arzobispo de Segovia le jura
obediencia, con la rodilla hincada en el suelo sobre la biblia que
sostiene el Cardenal Mendoza (Martín Maurel, Isabel. La conquista del poder. Todos conocen a la reina, pero ninguno
a Isabel, De bolsillo, Barcelona, p. 12). Y este Cardenal de Toledo,
Primado de España, lo primero que hizo
después de confesar y enterrar a Enrique IV, fue partir “hacia Segovia a jurar fidelidad a la nueva soberana”
(José María Zavala, Isabel íntima. Las
armas de la mujer más célebre de la historia de España, -Planeta, Madrid,
2014, p. 94). A su vez, la santa reina se caracterizó por “un sumo respeto a la
jerarquía episcopal cuyo campo no quiere invadir” (Zavala, Isabel la Católica. Por qué es santa, Homo Legens, Madrid, 2019, p.
216). Y aceptó de mala gana, pero terminó entusiasmada con el confesor cuando
Fray Hernando de Talavera la hace confesar de rodillas quedando él sentado.
No puedo
dejar de señalar en esta demostración de una sana división católica de poderes
en la Cristiandad, que cuando Fernando el Católico va a asumir su cargo, pasa
por la Puerta de San Martín y jura respetar los fueros de Segovia… que yo la vi
hace poco… no a Fernando, pero pasando por ahí me lo imaginaba…
Punto 2 de 5 a recordar: Nuestra Constitución escrita ha respetado substancialmente en esto
la verdad teológica; hay dos sociedades perfectas que deben tener unión moral.
III.
En el capítulo 2 escribo que el laicismo
consiste en la exclusión de Dios del orden social. Es ateísmo social, pero como el
hombre es naturalmente sociopolítico,
lo social y político (por ejemplo, educación y legislación, nada menos), producen ateísmo individual y total. Y cada vez más revela su rostro, como que en
la ley 27.610 de aborto y en la legislación ESI se proclama formalmente la
Inquisición laicista como bandera; y se avanza cada vez más en los castigos
penales, por ejemplo, con el Obispo de Alcalá de Henares Monseñor Reig Pla. Los
ejemplos de la Inquisición Laicista en Canadá y otros lugares, y los juicios
políticos amenazados aquí a los jueces antiabortistas son elocuentes.
Punto 3 de 5 a recordar, que me
parece el más estratégico: No hay que comerse lo de la imparcialidad; el
laicismo es la religión de la antirreligión, y nos persigue como a herejes y
delincuentes.
IV.
En el capítulo 3 sentamos que lo opuesto al
Laicismo es la Cristiandad. Que es la comunidad política
informada en todos sus aspectos y no sólo en la legislación, por el Evangelio.
Y así como hay justicia “simpliciter”, o “secundum
quid”, esto es que la situación de lo justo-injusto se da mezclada, así
también pasa con la Cristiandad. Había Cristiandad 0 (en la Roma imperial
inicial; o actualmente en China, con perdón de Monseñor Sánchez Sorondo cuando
dijo en serio que allí se aplica la Doctrina Social de la Iglesia); y cerca de
10 con los grandes Reyes Católicos.
Quas Primas. El Concilio
de Nicea dogmatizó la consubstancialidad del Hijo con el Padre, y en el Credo
consagró la fórmula “cuyo reino no tendrá
fin”. Ahora bien, sigue enseñando Pío
XI que si en forma metafórica
decimos que Cristo reina en las inteligencias y voluntades, “en sentido propio” ha de decirse que ángeles
y hombres le deben obediencia en cuanto hombre como a verdadero rey (Quas
Primas). Y hasta el mismo Concilio
Vaticano II ha enseñado que es función de los laicos “ordenar según Dios los asuntos temporales”. (Ojo Monseñor que dije
según Dios…).
Ha escrito
muy bien Pablo Muñoz Iturrieta:
“El
cristiano del siglo I y II vivía bajo sospecha por el hecho de que su visión teológica era eminentemente
política al sostener que Cristo era Rey del Universo y, por lo tanto, la
sociedad debía ser moldeada de acuerdo con esta visión. Los primeros
cristianos esperaron pacientemente y, cuando el Imperio Romano colapsó por su
corrupción e inmoralidad, estuvieron
preparados para levantar a Roma de las cenizas, por medio de un objetivo y
significación trascendente, ya que partieron de la pregunta básica que toda
sociedad debe hacerse; la cuestión acerca de la divinidad” (Las mentiras que te cuentan. Las verdades
que te ocultan, Metanoia Press, Ontario, p. 245).
Cuatro de cinco puntos a recordar:
luchar por Cristo Rey es luchar por la cristiandad, y esta exigencia forma
parte de la doctrina católica permanente. Rige aquí y ahora “y en la China”.
V.
En el capítulo 4 señalamos que el liberalismo
no es la defensa de la libertad. Negando la natural sociopoliticidad
del hombre, poniendo el origen de la sociedad en un contrato-que-no-es-contrato
porque no es una concertación de voluntades-voluntades que crea derechos y
obligaciones sino un contrato que se imagina, y concibiendo al hombre
diocesillo aislado, cuando te predica libertad y derechos humanos sin
ordenación al bien común te mirás al espejo y te sentís seguidor de Hobbes o
Espinosa: sos acreedor de todo contra
todos. Y si se dice que en los países hegemónicos ha triunfado es falso
porque, como lo muestro en mi libro Ensayo
sobre el Liberalismo económico, en ellos se imponen políticas
diametralmente opuestas a las liberales. Ha sido terminante el Cardenal Billot enseñando que concebir
la libertad como principio del orden social es “absurdo, antinatural y quimérico”, y que
“lleva consigo la disgregación
y la disolución de todos los órganos sociales, introduciendo por todas partes
la lucha por la vida, en lugar de la concordia por la vida, que
es la única ley de la vida. Y que extingue todas las libertades reales por la
constitución de un estado omnívoro, sin ningún límite en su arbitrio y
omnipotencia [...]. Es esencialmente antirreligioso [...] todas las cosas
intentadas, bajo el falaz pretexto de la libertad, tanto en el orden político
como económico o doméstico, tienen en realidad como fin quitar del mundo el
culto de Dios, la religión de Dios, la ley de Dios, e incluso la noción de Él”.
(El error del liberalismo, trad. Corbi, Dictio, pp. 39/40).
Erigir la libertad como principio es
absurdo porque o se afirma que ella es indefectible, - cosa que nadie puede
sostener- o se afirma que debe
permitirse, como un derecho, el uso malo de esa libertad defectible (p. 45); y
siendo la libertad potencia o facultad de obrar, “es para otra cosa” y nunca puede fundar un orden social. Ningún
equipo gana bajo el lema “cada cual haga lo que se le antoje sin subordinación
alguna”.
VI. Patria argentina y religión
El capítulo
5 final del libro, Patria argentina y religión, se puede sintetizar con los
discursos de George Washington,
primer presidente de los EEUU, y del Primer Presidente argentino, en momentos
clave de sus vidas.
El
norteamericano, precisamente en su discurso de despedida, abordando el tema por
el lado de la necesidad de la religión para la moral y la política, cuestionaba
el patriotismo del que “intentase derribar” esas “grandes columnas de la
felicidad humana”. (George Washington, Despedida
al pueblo de los Estados Unidos, traducida y comentada por el General
Manuel Belgrano, prologada por el General Bartolomé Mitre, Huarpes, Buenos Aires,
1944, son 104 pp., citas de pp. 43 y 44.
5/5 Quinto de cinco puntos a
recordar. Y el
Presidente argentino Don Cornelio de
Saavedra, nos enseñaba en su testamento:
"...Espero sabrán...
ser buenos ciudadanos y servidores de su Patria, por cuya conservación en su
libertad e independencia de toda dominación extranjera, les ruego con el mayor
encarecimiento prodiguen no sólo sus bienes sino también sus vidas, y en la última vez que les hablo les pido
no abandonen la Santa Religión de sus mayores". (Testamento
de Cornelio de Saavedra, en Cayetano Bruno. Creo
en la vida eterna; el ocaso cristiano de los próceres,
Rosario, Didascalia, 1988, p. 52).
VII
Concluyendo
este tema esencialmente político que hace a la felicidad de los argentinos,
vamos a repetir los cinco puntos centrales que les propongo retengan:
1.
El Estado argentino no sostiene el Culto Católico sino que sistemáticamente
promueve por todos los medios la destrucción del catolicismo. Este sería el punto sociológico base del
asunto;
2.
(Que quizá sería el punto fundamental del libro). Según la Teología y la Constitución
nacional escrita (que en esto substancialmente acertó y hay que defenderla en esto como a la encíclica Inmortale Dei), hay dos sociedades
perfectas que hay que respetar y que deben tener una unión moral. (Respetar las “creencias” católicas; ¿recuerdan
lo que dijo la Dra. Gelli?);
3.
(Este quizá sea el más estratégico del libro para la dialéctica cultural de
hoy). El Laicismo es la religión de la antirreligión. No nos comamos que es
imparcialidad, ni empiojemos el tema con ninguna “legítima laicidad”, aunque sí
“legítima laicalidad”, esto es anticlericalismo y por favor nada de papolatría;
4.
Luchar por la cristiandad es obligatorio para
el cristiano en todo tiempo y lugar, “aquí y en la China” (si distingues el
acto de la potencia, querido Monseñor, en la China la DSI estaría – ojalá- “en
potencia” – Amén. ¿Estamos?).
5. Desde este Centro de
Estudios Políticos decimos con el Primer Presidente patrio Don Cornelio de Saavedra,
que no debemos abandonar la Santa
Religión de nuestros mayores, sino defenderla con la restauración cristiana de
la Argentina.
VIII. La cruz y el faro
No hemos desarrollado en el libro las razones que abonan la
protección y promoción del Catolicismo desde la tradición histórica, que son también derecho positivo constitucional no escrito como que Santo
Tomás enseña que las leyes deben conformarse a “las costumbres y tradiciones
patrias” (1-2, 95,3,c).
Se acaba de editar aquí en San Nicolás de los Arroyos un libro
sobre historia de mi pago, y en la tapa, ¿qué hay? - Un dibujo que refleja la
vista del mismo quizá en época de Hernandarias, que promovió el poblado. Es una
simple excavación en la barranca (hoy llamada “Alameda 2 de marzo” o “La bajada
del Club de Regatas”) para acceder al río Paraná; en la cima de aquélla sólo se
ve solita y grande una simple cruz; y detrás se insinúa un rancherío. En torno
a la cruz se hizo el pueblo, y después se fue nucleando en torno a la capilla
del señor San Nicolás, que le ganó el honor del nombre y patronazgo a San
Vicente Ferrer en elecciones limpias y públicas.
Mi amigo el autor de la Historia
me explicó que la cruz grande se ponía sobre la barranca para que los
marinos supieran que ahí había civilización.
La
cruz como un faro en sentido material.
La
cruz es nuestro faro de salvación.
¡Cruz
y Faro y Cristiandad!
¡Vamos
Argentina todavía!